Al inicio de la relación laboral lo último que pensamos es que el trabajador en algún momento va a dejar de trabajar con nosotros y muchas veces la terminación de esta relación laboral puede salir muy mal, la realidad es que es más común de lo que quisiéramos y puede generar dolores de cabeza, mala cultura en la empresa y egresos financieros que con una correcto manejo legal se pueden evitar.
Al momento de iniciar la relación laboral con tus trabajadores, sin importar tu sector, la duración de la relación o el tipo de puesto, deberías contar con los siguientes documentos listos para entregárselo al nuevo trabajador: manuales de funciones, políticas faltas y sanciones, procedimiento sancionatorio, acuerdos de confidencialidad, acuerdo de competencia, acuerdos de consentimiento, son documentos esenciales para una correcta defensa judicial en caso de llegar a un litigio con alguno de estos trabajadores.
En este artículo tocaremos el Consentimiento de pago vía bancaria.
Las rupturas laborales hoy son un campo de batalla donde legalmente el empresario lleva las de perder. No es una posibilidad lejana, es un peligro real: el trabajador, asesorado para maximizar el conflicto, utiliza el DS 28699 como un arma de presión. Bajo esta norma, el empleado tiene la potestad de elegir entre el pago de sus beneficios o la reincorporación.
Con la reciente Ley 1468, la reincorporación se ha convertido en una pesadilla laboral casi imposible de frenar. Un trabajador reinsertado en la fuente laboral no solo representa un gasto retroactivo enorme, sino que también afecta la cultura de la empresa desautorizando al empleador y motivando a otros trabajadores a recurrir a la vía legal para resolver sus necesidades.
Ante estos casos, la prioridad es bloquear la vía de la reincorporación a toda costa. La única salida segura para proteger su patrimonio es forzar legalmente la aceptación de los beneficios sociales. Aquí es donde surge la solución definitiva que le devolverá el control: el Consentimiento de Pago Vía Bancaria, la herramienta diseñada para cerrar la puerta al conflicto antes de que este comience.
El Consentimiento de Pago por Vía Bancaria es un documento entre el empleador y el trabajador donde se autoriza expresamente al empleador para realizar los pagos directamente en la cuenta bancaria designada.
“Doctor, ¿Entonces eso significa que sin esa autorización todos los pagos en la cuenta del trabajador son ilegales?”
La respuesta corta es no, nuestro Código Civil en su art. 453 establece que el consentimiento puede ser darse de manera expresa (escrita) o tácita. En el pago de sueldos la aceptación se efectiviza cuando el trabajador hace uso de los dineros depositados o transferidos sin ninguna observación, sin embargo cuando la relación laboral termina el trabajador puede tratar de negar o rechazar los pagos, y es ahí donde un consentimiento expreso de aceptación de recibir pagos es fundamental.
Este consentimiento evita que el trabajador se rehúse a recibir pagos con el objetivo de recurrir a la reincorporación. Para que este consentimiento nos sirva para pagar beneficios sociales sin inconvenientes, el código civil nos exige que el acreedor, en este caso el trabajador, autorice quien va a recibir el pago. Y esto se consolida cuando el trabajador designe la cuenta bancaria de un tercero o indicando la cuenta de él mismo, donde recibirá todos sus pagos.
Se sugiere que el contenido del documento incluya todo lo siguiente:
Datos del trabajador
Datos financieros de un tercero o de si mismo autorizado para recibir pagos.
Tipos de depósito o transferencia a recibirse
Plazo para observar el pago con justificación legal
Consentimiento expreso
¿A que se refiere tipo de depósito o transferencia a recibirse?
Este es un punto clave, aquí expresamente debemos describir con detalle y estrategia uno por uno los pagos que necesitamos que sean autorizados por el trabajador, ya que si se pone algo muy general en los tipos de pagos a recibirse, se cae en la vaguedad y eso puede anular el documento y evitar que cumplamos con el pago de beneficios sociales y caigamos en posibles demandas de reincorporación.
¿A que se refiere un plazo para observar el pago con justificación legal?
Se refiere a que, según el art 302 del CC., el deudor debe demostrar la debida diligencia al momento de cumplir su obligación, es decir con responsabilidad, atención y previsibilidad. Y es por esto que se le da un plazo prudente al trabajador para que, con un justificativo legal pueda observar el pago ya sea en cantidad o cualquier otro detalle.
Finalmente, el consentimiento expreso es la pieza maestra. El trabajador debe declarar que comprende y acepta que el depósito en dicha cuenta tiene efectos de pago definitivo. Sin esta firma clara y consciente, su estrategia de defensa pierde toda su fuerza ante un juez laboral.
Contrario a lo que muchos suponen, la oportunidad estratégica se encuentra en el punto más alejado del conflicto: el proceso de contratación. En esta etapa inicial, la empresa posee su mayor capacidad de negociación y el trabajador muestra una predisposición natural para completar su contratación. Actuar en este momento, siempre bajo un marco ético, garantiza una relación clara y transparente desde el primer día.
Con este consentimiento firmado, la relación laboral quedará blindada a tu favor, con interacciones más llevaderas y el punto clave: reducirás al máximo el riesgo de futuras demandas que afecten la cultura y el ambiente de tu empresa.
Es importante entender esto, cuando un trabajador regresa a sus funciones por la fuerza de una orden judicial o administrativa (Ministerio del Trabajo) y no por mérito o voluntad de la empresa, se genera un precedente de desautorización que altera jerarquías y debilita la autoridad de los gerentes y dueños.
En primer lugar, la reincorporación de un trabajador envía un mensaje devastador al resto del equipo: los gerentes/dueños no tienen la última palabra. El empleador pierde su autoridad, ya que el trabajador reincorporado suele adoptar una actitud de confrontación, y con el interés de desestabilizar la jerarquía de la empresa (la mayoría de las veces).
En segundo lugar, el ambiente laboral se vuelve tóxico. La tensión entre el personal que debe convivir con alguien que demandó a la empresa genera desconfianza y fricciones constantes. La productividad cae por debajo de lo habitual, porque el enfoque administrativo se desvía hacia la gestión de este conflicto interno en lugar del crecimiento del negocio.
Por ello, el Consentimiento de Pago por Vía Bancaria no es solo una medida de ahorro económico; es una estrategia de supervivencia cultural de la empresa. Lograr que el trabajador acepte los beneficios sociales y dé por cerrada la relación laboral es la única forma de extirpar el conflicto de raíz, protegiendo la armonía de su equipo y preservando el respeto a las políticas internas que tanto esfuerzo le costó construir.
A lo largo de este análisis, hemos desglosado cómo la gestión documental preventiva —manuales, políticas y acuerdos de confidencialidad— constituye la primera línea de defensa de cualquier organización. Sin embargo, en el complejo escenario laboral actual, marcado por el DS 28699 y la Ley 1468, la mayor amenaza no es solo el pago de beneficios, sino la reincorporación forzosa.
Esta figura no solo drena los recursos financieros con pagos retroactivos, sino que socava la autoridad y la cultura organizacional.
El Consentimiento de Pago Vía Bancaria surge como la herramienta táctica definitiva para neutralizar este riesgo. Hemos visto que su efectividad radica en tres pilares:
1. Oportunidad: Se firma al inicio de la relación, cuando la disposición del trabajador es máxima.
2. Especificidad técnica: Al detallar cada rubro y establecer un plazo de observación bajo el Art. 302 del Código Civil, usted demuestra "debida diligencia" y bloquea futuras impugnaciones.
3. Efecto Liberatorio: El consentimiento expreso convierte un simple depósito en la extinción legal de la deuda, impidiendo que el trabajador utilice el silencio o la ausencia para forzar multas o reincorporaciones.
En el mundo empresarial, la paz operativa no es producto de la suerte, sino de la previsión. No permita que un vacío documental en su proceso de contratación se convierta en una sentencia judicial mañana. El Consentimiento de Pago Vía Bancaria no es un simple trámite administrativo; es un seguro de vida para su patrimonio. Implementar esta documentación hoy es la diferencia entre ser una víctima de la normativa laboral o un líder que protege su empresa con estrategia y profesionalismo.
Contáctenos ahora mismo para una asesoría legal especializada. Nuestro equipo se encargará de:
1. Analizar los riesgos de reincorporación en sus contrataciones laborales vigentes.
2. Redactar el Consentimiento de Pago por Vía Bancaria adecuado para su empresa.
3. Garantizar la estabilidad de la cultura y ambiente laboral de su empresa.
Para agendar su consulta y solidificar la estabilidad de tu empresa de manera preventiva, haga clic aquí. 📲

¿Quién escribió esto?
Mi nombre es Geber Gómez Céspedes, soy abogado y contador de profesión, pero emprendedor y empresario de pasión.
Desde el 2017 vengo desempeñándome en el ámbito empresarial, desde empleado hasta miembro de Directorio de una institución privada.
Si hay algo que disfruto hacer, es ayudar a las empresas pequeñas o medianas a que buscan CRECER o que se tienen serios problemas y los necesitan RESOLVER.



ÚNETE A MI LISTA DE CORREO ELECTRÓNICO, Boletines de derecho empresarial todos los meses.
Creado con © systeme.io